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mayo  8, 2024

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La Corte Suprema de Justicia emite una señal

Por Guillermo Fernando Pérego

“En la época que estamos transcurriendo, signada por conflictos laborales, sean que se producen por reclamos de los trabajadores a sus empleadores o por motivos políticos o gremiales, que se traducen en bloqueos, piquetes; paros sorpresivos en servicios públicos esenciales que, justificados o no en sus causas, exceden el marco legal del derecho de huelga, nadie se había acordado del simple ciudadano que pretende ejercer su derecho de usuario o consumidor de un servicio público. Para dicho ciudadano que, por diversos conflictos sindicales, ha visto cercenado su derecho a circular por la vía pública; utilizar un medio público de transporte; ser atendido en un hospital público, etc., entiendo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido una señal que, si bien puede ser pequeña, demuestra que los consumidores y usuarios de servicios públicos, también resultan ser sujetos constitucionalmente protegidos.”

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Términos mencionados en esta doctrina: conflictos, servicios, públicos.

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